Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre sistema unico de prestaciones familiares y sistema de subsidios de cesantia para los trabajadores de los sectores privado y publico, contenidas en los decretos leyes n°s. 307 y 603, ambos de 1974
Artículo 22°.- Los recursos del Fondo se destinarán DL 307/74
exclusivamente al pago de los beneficios del sistema y los ART 22°
del régimen de Subsidios de Cesantía para los trabajadores DL 3501/80
del Sector Privado establecido en el Párrafo Primero del ART 8°
Título II de este decreto con fuerza de ley y de los gastos INC. FINAL
de administración del Sistema y de dicho régimen.