Texto oficial
De los Departamentos (ART. 22)
ARTICULO 22° 1.- Los Departamentos son unidades
dependientes de las Facultades, organizados para enseñar
conforme a los planes y programas de estudios que se hayan
aprobado y efectuar investigación, de acuerdo a las
políticas educacionales de la Facultad y de la Universidad.
Cada Departamento estará dirigido por un Director.
2.- El Rector, consultando al Consejo Académico, puede
constituir Departamentos dentro de una Facultad, de acuerdo
a las materias y disciplinas que se enseñen.