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Artículo 43 del Decreto Con Fuerza de Ley 151

Estatuto de la universidad de atacama

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4829 / 9006685.

Texto oficial

ARTICULO 43° Los planes de estudios especificarán la organización de los cursos, actividades curriculares y prácticas profesionales indispensables para la obtención de un grado, diploma o certificado y los títulos profesionales que correspondan.