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Artículo 44 del Decreto Con Fuerza de Ley 151

Estatuto de la universidad de atacama

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4829 · idParte: 9006686

Texto oficial

De los Grados (ART. 44) ARTICULO 44° La Universidad podrá otorgar los Grados de Licenciado, Magister y Doctor.