Texto oficial
ARTICULO 46° La Junta Directiva deberá dictar una
ordenanza que determine las conductas sujetas a sanción y
el carácter de ellas. Una ordenanza determinará el órgano
y procedimiento para aplicar sanciones disciplinarias a un
funcionario o estudiante de la Universidad y las instancias
a las cuales podrán apelar los afectados, que en caso de
remoción de funcionarios, expulsión de estudiantes o
suspensión grave en sus estudios, será la Junta Directiva.