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Artículo 21 del Decreto Con Fuerza de Ley 153

Crea la empresa nacional de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4836 / 8626829.

Texto oficial

Artículo 21° Sin perjuicio de otros Departamentos que acuerde crear el Directorio a proposición de su Presidente, la Empresa actuará, principalmente, a través de un Departamento de Operaciones y de un Departamento de Fomento, cada uno de los cuales estará a cargo de un Gerente.