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Artículo 22 del Decreto Con Fuerza de Ley 153

Crea la empresa nacional de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4836 / 8626831.

Texto oficial

Artículo 22° El Departamento de Operaciones tendrá a su cargo la compra, beneficio, fundición, refino y comercialización de toda clase de productos mineros, sean metálicos o no metálicos.