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Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 153

Crea la empresa nacional de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4836 / 8626836.

Texto oficial

Artículo 26°- Los funcionarios a que se refiere el presente título o cualesquier otros que pudieran concurrir a las sesiones del Directorio y que no tengan la calidad de directores, no percibirán mayor remuneración por este concepto.