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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 153

Estatuto de la universidad de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4838 / 9033400.

Texto oficial

ARTICULO 20° La remoción del Contralor sólo procederá a solicitud del Rector por haber incurrido en notable abandono de sus deberes. El Senado Universitario deberá aprobarla por los dos tercios de sus miembros.