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Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 153

Estatuto de la universidad de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4838 / 9033457.

Texto oficial

ARTICULO 26 BIS.- En aquellas unidades académicas en que, de conformidad con las disposiciones del presente Título, se exija determinada jerarquía para ejercer funciones directivas y académicas, el Rector podrá autorizar excepcional, transitoriamente y de acuerdo a reglamento, que cumpla dicha función un académico de la jerarquía inmediatamente inferior.