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Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 154

Estatuto de la universidad de magallanes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4842 / 9010744.

Texto oficial

Art. 26°.- 1. Cada Departamento estará dirigido por un Director, responsable ante la autoridad superior, de organizar la enseñanza y la investigación. Es el representante del Departamento en todas las comunicaciones oficiales con la autoridad superior, y también en todas las comunicaciones con los estudiantes. 2. El Director de un Departamento será nombrado por el Rector a proposición del Decano o del Vice-Rector Académico.