Saltar al contenido

Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 154

Estatuto de la universidad de magallanes

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4842 · idParte: 9010750

Texto oficial

Art. 29°.- El Director de la Editorial de la Universidad será responsable del presupuesto, funcionamiento y trabajo editorial. Será nombrado por el Rector y estará sujeto a la política general de publicaciones que apruebe la Junta Directiva.