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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 155

Estatuto universidad de bio-bio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4846 / 8824429.

Texto oficial

Del Director de Administración {Art. 14} Artículo 14°.- 1. El Director de Administración es el funcionario responsable de manejar los procedimientos administrativos aplicables a la iniciación, vigencia y extinción del vínculo funcionario o de trabajo que liga a la Universidad con su personal, y el control de las remuneraciones. 2. Será responsable, asimismo, de la administración y mantención del campus y de la supervisión de las construcciones y trabajos que en él se ejecuten.