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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 156

Estatuto de la universidad de la frontera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4850 / 9062215.

Texto oficial

Artículo 12°.- El Vice-Rector de Administración y Finanzas es el funcionario superior dependiente del Rector que tiene a su cargo la ejecución de la política universitaria en todo aquello que se refiere a la procuración, programación, organización y control de los recursos financieros, administrativos y materiales de la Universidad.