Texto oficial
Artículo 39°.- Un reglamento dictado por el Rector,
previo informe del Consejo Académico establecerá la
duración de cada período lectivo, el sistema de medición
de los estudios y otras materias atinentes.
Estatuto de la universidad de la frontera
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4850 / 9062269.