Texto oficial
Art. 39°.- Una ordenanza deberá establecer un sistema que consulte garantías procesales para los funcionarios académicos, administrativos y los estudiantes en caso de aplicación de medidas disciplinarias y contemplar un recurso de apelación para ante la misma Junta, cuando las medidas disciplinarias impliquen la exoneración del personal o causen al alumnado una interrupción grave de sus estudios o la cancelación de sus matrículas.