Texto oficial
De las Atribuciones de los Consejos de Facultades
Artículo 32°.- Las atribuciones de los Consejos de
Facultades serán:
(a) Proponer al Consejo Académico los grados, diplomas
y certificados y los planes y programas de estudio
conducentes a ellos que deba administrar la facultad;
(b) Proponer al Decano la planta de Profesores
Titulares, Profesores, Profesores Asociados, Profesores
Asistentes e Instructores, como otros cargos necesarios,
para su actividad académica y administrativa;
(c) Proponer al Decano el presupuesto anual de la
Facultad;
(d) Resolver desacuersos entre dos o más Departamentos
y Escuelas de la Facultad;
(e) Actuar como cuerpo consultivo del Decano en todas
las materias relacionadas con el funcionamiento de la
Facultad; y
(f) Proponer a través del Decano, al Rector, la
creación, suspresión o reorganización de estructuras
orgánicas de la Facultad.