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Artículo 33 del Decreto Con Fuerza de Ley 158

Estatuto de la universidad de la serena

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4857 · idParte: 9033512

Texto oficial

TITULO VI {ARTS. 33-41} Del Cuerpo Académico Artículo 33°.- Son académicos de la Universidad quienes en virtud de un nombramiento de la autoridad competente realizan funciones de instrucción, investigación científica y tecnológica, creación artística y extensión universitaria, conforme a las políticas y programas de sus respectivas Facultades.