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Artículo 46 del Decreto Con Fuerza de Ley 158

Estatuto de la universidad de la serena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4857 / 9033525.

Texto oficial

TITULO IX {ART. 46} Del Régimen de Estudios Artículo 46°.- 1. Los estudios se organizarán en planes y programas conducentes a grados, diplomas y certificados y los títulos profesionales que correspondan. Habrá un reglamento general de estudio que regulará la duración de los períodos lectivos, el sistema de medición y otras materias relativas a ellos. 2. La Universidad otorgará los grados de Licenciado, Magister y Doctor. 3. El grado de Licenciado requerirá al menos ocho semestres de estudio o su equivalente. El grado de Magister requerirá que el candidato tenga el grado de Licenciado o un título profesional equivalente y, al menos, dos semestres de estudios o su equivalente. El grado de Doctor requerirá que el candidato tenga el grado de Licenciado o Magister y, al menos, cuatro semestres de estudios y una tesis que sea una investigación que constituya un aporte original a una disciplina.