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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 159

Estatuto instituto profesional de osorno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4861 / 8824531.

Texto oficial

Del Vice-Rector {Art. 11} Art. 11°.- El Vice-Rector es el funcionario superior que asiste al Rector en todas las actividades del Instituto; en especial tendrá la atribución de supervisar las actividades académicas, administrativas y estudiantiles. El Vice-Rector es el Ministro de Fe del Instituto, y en ausencia del Rector tendrá los poderes y realizará las tareas de éste.