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Artículo 13 del Decreto Con Fuerza de Ley 159

Estatuto instituto profesional de osorno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4861 / 8824533.

Texto oficial

Del Director de Asuntos Administrativos y Financieros {Art. 13} Art. 13°.- 1. El Director de Asuntos administrativos y Financieros es el funcionario superior en lo relativo a finanzas, administración y contabilidad del Instituto. Debe vigilar que las reglas prescritas por el Instituto, en los negocios y asuntos financieros, sean observadas fielmente. 2. Le corresponde el ejercicio de la función que asegure el abastecimiento de los recursos básicos de uso general, de dirigir y supervisar las acciones relativas a personal, de asuntos financieros, de manejo y control de patrimonio del Instituto. 3. Es responsable de llevar una contabilidad que permita conocer con exactitud la situación financiera del Instituto, de manejar los procedimientos administrativos para la contratación de los funcionarios del Instituto, incluyendo el control y administración de los sueldos y salarios que cancela a sus funcionarios, además de la administración y mantención de los bienes del Instituto y de la supervisión de los proyectos de construcción.