Texto oficial
TITULO VII {ARTS. 33-34}
DE LOS ESTUDIANTES {Arts. 33-34}
Art. 33°.- Son estudiantes del Instituto quienes, estando en posesión de la Licencia Media o su equivalente legal, cumplan con los requisitos de ingreso que el Instituto establezca en un reglamento y efectúen estudios conducentes a la obtención de un diploma o certificado y el título que corresponda.