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Artículo 13 del Decreto 161

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4870 / 8626887.

Texto oficial

Artículo 13°.- El Consejo de Política Antártica es el organismo que tiene por función determinar las bases políticas, científicas, económicas y jurídica de la acción nacional en el Territorio Antártico Chileno. El Consejo de Política Antártica depende del Ministro de Relaciones Exteriores.