Texto oficial
TITULO III {Arts. 12-22}
DE LOS FUNCIONARIOS SUPERIORES
Del Rector {Arts. 12-14}
Art. 12°.- El Rector es el funcionario superior ejecutivo del Instituto encargado de la supervisión de todas las actividades académicas, administrativas y financieras del mismo. Su autoridad se extiende a todo lo relativo a la Corporación, conforme a las disposiciones del presente estatuto y ordenanzas que dicte la Junta Directiva.