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Artículo 32 del Decreto Con Fuerza de Ley 161

Estatuto instituto profesional de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4872 · idParte: 8824649

Texto oficial

Art. 32°.- 1. Los requisitos para ser designado en una de las jerarquías y calidades de los artículos 30° y 31° se establecerán en una ordenanza sobre jerarquías académicas, dictada por la Junta Directiva a proposición del Rector. 2. En dicha ordenanza se regularán las formas de ingreso, de promoción, evaluación y permanencia que se requieran para cada una de las jerarquías académicas establecidas.