Texto oficial
Artículo 25°.- 1. Los requisitos para designar las jerarquías y calidades a que se refieren los artículos 23° y 24° se establecerán en un reglamento general sobre Jerarquías Académicas, aprobado por la Junta Directiva a proposición del Rector.
2. En dicho reglamento se regularán las formas de ingreso, de promoción, y permanencia que se requieran para cada una de las jerarquías académicas establecidas.