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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 168

Modifica disposiciones sobre el consejo de censura cinematografica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4900 / 7118061.

Texto oficial

Artículo 6.o Cuando por circunstancias especiales no fuere conveniente en un determinado sector del territorio de la República la exhibición de una película aprobada por el Consejo, ésta podrá ser suspendida en esa parte del territorio nacional por decreto fundado del Ministerio del Interior.