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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 168

Modifica disposiciones sobre el consejo de censura cinematografica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4900 / 7118063.

Texto oficial

Artículo 8.o El saldo excedente que se forme con los ingresos no distribuídos entre los Consejeros y el valor de las licencias mencionadas en el artículo 11 del DFL N.o 558, de 1925, podrán ser utilizados en los gastos ordinarios y extraordinarios del Consejo.