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Artículo 41 del Decreto Con Fuerza de Ley 171

Fija el texto de la ley orgánica del servicio de correos y telegrafos, deroga la ley 7392, de 31 de diciembre de 1942, que aprobo la ley orgánica de ese servicio.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4912 / 7118137.

Texto oficial

Artículo 41.o El transporte de efectos postales por las demás vías de comunicación se hará por valijeros o carteros rurales. Para este objeto se suscribirán los contratos que sean necesarios.