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Artículo 184 del Decreto Con Fuerza de Ley 178

Decreto con fuerza de ley n.o 178

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4941 · idParte: 8776546

Texto oficial

Art. 184. Las disposiciones de este Título comprenden a los tripulantes del sexo femenino que, con sujeción a los reglamentos marítimos, desempeñen a bordo algunas de las plazas del servicio general.