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Artículo 185 del Decreto Con Fuerza de Ley 178

Decreto con fuerza de ley n.o 178

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4941 · idParte: 8776547

Texto oficial

Art. 185. La dotación se compone de oficiales, suboficiales y tripulantes, y atendiendo a su especialidad se divide en: personal de puente, personal de máquinas, personal de cámara y personal de servicio general. La denominación de tripulante o tripulación, para los efectos de la reglamentación del trabajo a bordo, si no se hace distinción, comprende a suboficiales y a los simples tripulantes.