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Artículo 243 del Decreto Con Fuerza de Ley 178

Decreto con fuerza de ley n.o 178

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4941 / 8776605.

Texto oficial

Art. 243. La supervigilancia que compete a la Inspección General del Trabajo sobre el cumplimiento de las disposiciones de este Título, se ejercerá sin perjuicio de lo prevenido en el Código de Comercio, en la Ley de Navegación y en Reglamentos Navales. El Reglamento delimitará las atribuciones de ambas órdenes de autoridades y organizará la colaboración entre ellas.