Texto oficial
Art. 263. Salario diario, es el estipendio fijo
estipulado por día de trabajo, más las remuneraciones
suplementarias. El salario diario servirá de base para
determinar las indemnizaciones por incapacidad temporal.
Salario anual, es la suma de los salarios diarios
ganados por la víctima en los doce meses anteriores al día
en que ocurrió el accidente. Si hubiere trabajado menos de
doce meses, el salario anual se determinará multiplicando
por trescientos el salario diario.