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Artículo 308 del Decreto Con Fuerza de Ley 178

Decreto con fuerza de ley n.o 178

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4941 / 8776688.

Texto oficial

Art. 308. En los establecimientos a que se refiere el artículo anterior se colocarán, en lugares visibles, carteles que contengan el texto del presente título y de su reglamento.