Texto oficial
Art. 393 Una comisión formada por el presidente del
Sindicato, el gerente o representante de la empresa y un
funcionario designado por el Presidente de la República,
que la presidirá, orientará la inversión general de los
fondos que perciba el Sindicalidades de la industria.
El reglamento de este título determinará to por
concepto de participación en las uti el funcionamiento de
esta comisión.