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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 179

Fija normas por las que se regira el servicio de;tesoreria

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4944 · idParte: 7118280

Texto oficial

Artículo 16° El Servicio de Tesorería estará a cargo de un funcionario que tendrá el título de Tesorero General, nombrado por el Presidente de la República y que tendrá la categoría de Jefe de Servicio.