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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 189

Fija el estatuto orgánico del servicio de prisiones

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4980 / 7118353.

Texto oficial

Artículo 10.o Los cargos de médicos con 4 horas diarias de trabajo consultados en la respectiva planta del Servicio de Prisiones, serán desempeñados por los médicos Jefe y Sub-Jefe del Departamento Sanitario y Jefe del Hospital de la Penitenciaría de Santiago.