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Artículo 101 del Decreto Con Fuerza de Ley 190

Aprueba el código tributario

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4984 / 8668060.

Texto oficial

Artículo 101. Las infracciones a la Ley de Impuesto a las asignaciones por causa de muerte y donaciones y a las disposiciones tributarias de la Ley de Alcoholes y Bebidas Alcohólicas, que no se encuentren contempladas en el artículo 97, se sancionarán en la norma prevista en dichas leyes.