Texto oficial
Artículo 175. En el escrito en que se pida el mandamiento de ejecución y embargo, se hará la designación del depositario, que tendrá el carácter de definitivo cuando esta designación no recaiga en el mismo deudor.
Aprueba el código tributario
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4984 / 8668149.