Texto oficial
Art.16. Con acuerdo del Consejo Salitrero la Superintendencia podrá autorizar a particulares, empresas o compañías, el reconocimiento de terrenos salitrales.
Decreto Con Fuerza de Ley 191
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4988 / 8824795.