Texto oficial
Artículo 5.o Decláranse técnicos los cargos de Contador establecidos en el artículo 3.o. Para ser designado en cualquiera de dichos cargos, se requerirá estar inscrito en el Colegio de Contadores.
Declara en reorganizacion el consejo de fomento e investigacion agricolas y fija las plantas y remuneraciones de su personal.
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