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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 209

Fija el texto definitivo de la ley de retiro y montepio de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5050 / 7118779.

Texto oficial

Artículo 3.o Para los efectos de las penas militares o sanciones disciplinarias, de que trata el Código de Justicia Militar, relacionadas con el derecho a pensión de retiro, se estará a lo dispuesto en el mencionado Código. La destitución de los Oficiales y de los Empleados Civiles y la expulsión de los Sub-oficiales, Soldados y Marineros, por la vía judicial o la administrativa, llevan consigo la pérdida del derecho a pensión de retiro.