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Artículo 35 del Decreto Con Fuerza de Ley 209

Fija el texto definitivo de la ley de retiro y montepio de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5050 / 7118816.

Texto oficial

Artículo 35. El retiro temporal del personal de Suboficiales, Soldados y Marineros, procederá por las causales siguientes: a) Por enfermedad curable que imposibilite temporalmente para el servicio; b) Por necesidades del servicio; c) Por quedar sin colocación debido a economía, supresión o reducción; d) Por disponerlo el Ministerio de Defensa Nacional, en casos calificados.