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Artículo 40 del Decreto Con Fuerza de Ley 209

Fija el texto definitivo de la ley de retiro y montepio de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5050 / 7118823.

Texto oficial

Artículo 40. El retiro de este personal procederá únicamente por las causales de las letras a) y b) del artículo 35, y a) y c) del artículo 36. Igualmente será procedente el retiro con pensión en los casos en que el obrero acredite tener sesenta años de edad.