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Artículo 7 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 209

Fija el texto definitivo de la ley de retiro y montepio de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5050 / 7118854.

Texto oficial

Artículo 7.o Lo dispuesto en el artículo 27 se aplicará también en la liquidación o reliquidación de las pensiones concedidas o que se concedan en el futuro de acuerdo con los artículos 13 de la ley N.o 8,087, 12 de la ley N.o 8,762, 56 de la ley N.o 10,343 y 22 de la presente ley.