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Artículo 43 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 5, de 1992, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 50505 / 8702018.

Texto oficial

Artículo 43. Corresponderá al Ministerio de Educación velar por el estricto cumplimiento de las Art.8º Inciso 1º disposiciones de esta ley y su reglamento. .y 3º DL. 3476 Lo anterior, es sin perjuicio de las facultades Art.45 Letra.b) privativas de la Contraloría General de la República. Ley Número 18.482 El control y supervigilancia del cumplimiento de las Art.41 Letra.ñ) leyes sociales, laborales, previsionales y de salud respecto Ley Número 18.681 del personal que se desempeñe en los establecimientos Art.32 DL.3476 subvencionados, será de competencia de los organismos que Art.47 DFL.2/89 existen sobre la materia, sin perjuicio de las atribuciones Art.1º Número 23 del Ministerio de Educación. Ley Número 19.138 Art.40 DFL.5/92