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Artículo 44 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 5, de 1992, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 50505 / 8702020.

Texto oficial

Artículo 44. Con el objeto de cautelar el interés Art.8º Inciso 4º fiscal y asegurar el adecuado funcionamiento del Decreto Ley 3476 establecimiento educacional durante todo el año escolar, el Art.48 DFL.2/89 Ministerio de Educación podrá exigir a los sostenedores de Art.41 DFL.5/92 los establecimientos subvencionados, un documento de crédito u otro tipo de garantía independiente por cada establecimiento, que podrá hacerse efectiva en caso de incumplimiento de dicha obligación.