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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 211

Fija normas por que se regira la corporacion de fomento de la produccion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5060 / 8750330.

Texto oficial

Artículo 11° En uso de las atribuciones establecidas en los dos artículos precedentes, no podrá contratarse al personal que esté sirviendo un cargo en la planta de la Corporación o lo haya ocupado en los últimos seis meses.