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Artículo 38 del Decreto Con Fuerza de Ley 212

Reestructura servicios de la caja de credito minero

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5065 / 9113280.

Texto oficial

Art. 38.o- Los gastos de organización, instalación, pago del personal, construcción de laboratorios, estudios técnicos para las operaciones especiales que se le encomienden, y demás, que la Caja haya efectuado y tenga que efectuar para su funcionamiento, serán hechos con recursos, y en caso de que los haga con su capital, deberá reembolsarlos posteriormente a medida que sus entradas y utilidades se lo permitan.