Saltar al contenido

Artículo 15 del Decreto Con Fuerza de Ley 213

Aprueba la ley orgánica de carabineros de chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5070 / 5866683.

Texto oficial

Artículo 15° La designación del personal de nombramiento supremo será hecha por decreto del Presidente de la República, a propuesta de la Dirección General de Carabineros. Los Subtenientes de Orden y Seguridad y de Administración serán designados exclusivamente de entre los Aspirantes a Oficiales egresados de la Escuela de Carabineros y su antigüedad se fijará en conformidad a las notas obtenidas en los Cursos.